Control Horario·Legal
Normativa · 05/05/2026

Sanciones por fichaje incorrecto: cuánto cuesta no cumplir

La LISOS tipifica como infracción grave no llevar el registro horario. Cifras reales, casos recientes y cómo evitar problemas con la Inspección.

De qué hablamos cuando hablamos de "sanción por fichaje"

El régimen sancionador del registro horario en España se aplica a través de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2000. El Art. 7.5 LISOS tipifica como infracción grave "la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada".

Tras la entrada en vigor del RDL 8/2019 que añadió el apartado 9 al Art. 34 del Estatuto de los Trabajadores, la Inspección entiende que la falta del registro diario de jornada encaja directamente en este tipo infractor.

Las cifras: cuánto cuesta exactamente

El régimen sancionador establece tramos para las infracciones graves del orden social. En su versión actualizada (Real Decreto-ley 19/2021, vigente):

Grado Cuantía
Mínimo751 € – 1.500 €
Medio1.501 € – 3.750 €
Máximo3.751 € – 10.000 €

Y aquí viene el matiz importante: las sanciones se aplican por trabajador afectado. Si la Inspección encuentra que no llevas registro horario en una empresa con 20 empleados, no es una multa de 751 € — son potencialmente 20 multas. Eso multiplica el riesgo de forma muy rápida.


Qué sí mira la Inspección

Tras dos años aplicando el RDL 8/2019 y con la entrada en escena del borrador RD 2026, los inspectores actuantes suelen verificar en esta secuencia:

  1. ¿Existe registro horario? Si la respuesta es no, se redacta acta directamente.
  2. ¿El registro es diario y por trabajador? Los registros mensuales o por equipos no cumplen.
  3. ¿Incluye hora exacta de inicio y fin? "Cumple horario" o "OK" no son válidos.
  4. ¿Está firmado o validado por el trabajador? Los registros que solo firma la empresa pueden ser cuestionados.
  5. ¿Se conserva durante 4 años? Si los registros de hace más de 6 meses no aparecen, es problema.
  6. ¿Está disponible para el trabajador y sus representantes? Negativa al acceso = agravante.

Casos prácticos recientes

Hostelería en Madrid, 18 empleados

Restaurante con registro en Excel mensual cumplimentado por el encargado. La Inspección detectó que las horas declaradas no coincidían con la actividad real (cierres tardíos los viernes y sábados). Resultado: acta por infracción grave en grado medio, 2.500 € por trabajador. Total: 45.000 €. Recurrido — confirmado parcialmente con reducción a 33.000 €.

Clínica dental en Valencia, 8 empleados

Registro en hojas de papel firmadas por las auxiliares cada mañana, sin reflejar pausas ni salidas. La Inspección consideró que el registro era incompleto. Sanción inicial: grado mínimo, 1.200 € por trabajador → 9.600 €.

Asesoría en Sevilla, 4 empleados

Llevaba el registro en Excel pero sin firma del trabajador. Tras la inspección sin sanción gracias a aportar declaración voluntaria de cada empleado validando los horarios. 0 € de multa pero con propuesta formal de implementar sistema digital.


Cómo evitar problemas

  1. Sistema digital con identificación individual — Excel, papel y hojas firmadas son cada vez más cuestionables.
  2. Acceso del trabajador a sus propios datos — un portal donde puedan ver sus fichajes elimina las disputas posteriores.
  3. Conservación íntegra 4 años — con copia de seguridad cifrada, no solo en un disco local que se puede perder.
  4. Trazabilidad de las correcciones — si se modifica un fichaje, debe quedar constancia de quién, cuándo y por qué.
  5. Documenta el procedimiento — un anexo al contrato o política interna explicando cómo se ficha es excelente prueba de buena fe.

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Última actualización: 5 de mayo de 2026. Esta información se ofrece a título orientativo. Para análisis de casos concretos consulta con un abogado laboralista. Las cuantías sancionadoras pueden actualizarse con cambios normativos posteriores.