Reduces la jornada a mitad de año: ¿contra qué se compara su registro horario?
La mayoría de los sistemas de fichaje guardan la jornada contratada como un número suelto, sin fecha de efecto. El día que lo cambias, los meses anteriores pasan a compararse contra un contrato que entonces no existía: medio año marcado como exceso sin que nadie haya tocado un fichaje. Qué falla, dónde sale caro (Inspección, tiempo parcial, horas extra, vacaciones) y las tres preguntas que delatan a un sistema que reescribe el pasado.
Respuesta corta: contra la jornada que regía cada día, no contra la que tiene hoy. Parece obvio dicho así, pero la mayoría de los sistemas de fichaje guardan la jornada como un número suelto, sin fecha de efecto. El día que cambias ese número, los meses anteriores empiezan a compararse contra un contrato que entonces no existía.
El caso, con números
Marta entra en enero con 40 horas semanales. El 1 de julio firma una reducción y pasa a 20. En septiembre abres el informe del año y te encuentras con esto:
- Enero a junio: semanas de 38, 40, 41 horas. Correctas para una jornada completa.
- Julio en adelante: semanas de 19 y 20 horas. Correctas para media jornada.
Si el sistema solo conoce su jornada de hoy —20 horas—, el primer semestre entero aparece marcado como exceso: seis meses en los que Marta habría hecho «el doble de lo contratado». Y al revés, si la reducción hubiera sido al contrario, medio año saldría como incumplimiento por defecto.
Ninguna de las dos lecturas es cierta. El problema no está en los fichajes, que son correctos y no se han tocado: está en la referencia contra la que se leen.
Por qué esto no es solo un detalle de informe
Hay al menos cuatro sitios donde ese error sale caro:
- Ante la Inspección. Cuando piden el registro de un periodo, quieren ver las horas de ese periodo y la jornada que regía entonces. Si tu sistema muestra la jornada actual junto a horas de hace ocho meses, tienes que explicarlo a mano y con el acuerdo de reducción delante. Explicar descuadres nunca juega a tu favor.
- En el tiempo parcial. El contrato a tiempo parcial obliga a registrar la jornada día a día y totalizarla cada mes. Si ese registro no existe o no es fiable, el contrato se presume celebrado a jornada completa. Si además la jornada cambió a mitad de año y no consta desde cuándo, la discusión sobre qué se pactó y cuándo se vuelve mucho más incómoda.
- En las horas extra y la bolsa. El exceso sobre la jornada solo significa algo si sabes cuál era la jornada ese día. Un saldo calculado contra la referencia equivocada arrastra el error a la nómina.
- En las vacaciones. Cuando el devengo se prorratea, la jornada del periodo importa. Recalcular el año entero con la jornada nueva reparte mal los días.
Los tres cambios de jornada que verás en la práctica
No todos se producen igual, y conviene distinguirlos porque cambian quién decide y qué papel queda:
- Por acuerdo entre las partes. Es una novación del contrato: se firma un anexo con la nueva jornada y la fecha desde la que se aplica. El caso más limpio.
- Reducción por guarda legal o cuidado de familiar (art. 37.6 ET). Es un derecho de la persona trabajadora, con reducción proporcional de salario. La empresa no decide si se concede: concreta cómo.
- Modificación sustancial de condiciones (art. 41 ET). Permite a la empresa modificar la jornada con causa justificada y procedimiento. Con un límite importante: no sirve para convertir un contrato a tiempo completo en uno a tiempo parcial, porque el art. 12.4.e ET exige que esa conversión sea siempre voluntaria para el trabajador.
Los tres tienen algo en común: una fecha de efecto. Y esa fecha es exactamente lo que el sistema de fichaje suele perder.
Qué tiene que guardar tu sistema
La regla es sencilla: la jornada contratada no es un número, es una serie de tramos con fechas.
| Desde | Hasta | Horas/semana | Motivo |
|---|---|---|---|
| 01/07/2026 | en vigor | 20 | Reducción por guarda legal |
| 11/08/2025 | 30/06/2026 | 40 | Jornada inicial |
Con eso, cualquier informe puede preguntar «¿cuál era su jornada la semana del 12 de mayo?» y obtener la respuesta correcta sin que nadie haga memoria. Y el histórico queda por escrito, que es la mitad del valor.
Cómo saber si tu sistema lo hace bien
Tres preguntas al proveedor, o a la pantalla:
- Al cambiar las horas semanales de alguien, ¿te pregunta desde qué fecha? Si guarda el número sin más, reescribe el pasado.
- ¿Puedes ver el historial de jornadas de un empleado con sus fechas? Si no está en pantalla, no está.
- Un informe de hace seis meses, ¿sigue saliendo igual hoy que cuando lo miraste entonces? Si ha cambiado y los fichajes no se han tocado, la referencia se ha movido debajo.
La tercera es la prueba definitiva, y la que más sorprende: un informe del pasado no debería cambiar nunca solo.
Lo que sí puedes hacer hoy
- Documenta la fecha de efecto de cada cambio de jornada, no solo el número nuevo.
- Guarda el motivo (acuerdo, guarda legal, art. 41) junto al tramo. Dentro de dos años nadie lo recordará.
- Antes de firmar una reducción, comprueba cómo la registrará tu sistema de fichaje. Corregirlo después es peor.
- Si llevas el registro en Excel, añade una columna de vigencia. No es elegante, pero es infinitamente mejor que un número que se sobrescribe.
Cambios de jornada sin reescribir el pasado
Control Horario Legal guarda la jornada contratada por tramos con sus fechas. Al cambiar las horas de alguien te pregunta desde cuándo rigen, conserva el tramo anterior y compara cada semana contra la jornada que regía entonces. Desde 0,69 €/empleado/mes, gratis para 1 empleado.
Probar 30 días gratis →Si además llevas contratos a tiempo parcial, conviene leer qué exige el registro de jornada en el tiempo parcial, y si esperas visita, qué revisa exactamente la Inspección de Trabajo.
Última actualización: 17 de septiembre de 2026. Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal.