Control Horario·Legal
Normativa · 16/06/2026

Me he olvidado de fichar: ¿pueden sancionarme o despedirme?

Un olvido puntual no justifica un despido; la negativa reiterada o el fraude, sí. La diferencia es la intencionalidad. Qué puede y qué no puede hacer la empresa, y por qué el "despido sorpresivo" no vale.

Respuesta corta: un olvido puntual no te puede costar el puesto. Lo que sí puede sancionarse —incluso con despido— es la negativa reiterada y deliberada a fichar o el fraude (fichar por otro, falsear horas). La distinción clave es la intencionalidad y la reiteración, no el despiste aislado.

La obligación es de la empresa, pero te afecta a ti

El registro de jornada es una obligación que la ley impone a la empresa (Art. 34.9 ET). Por eso, si no hay sistema o no es fiable, quien responde ante la Inspección es la empresa, no el trabajador. Ahora bien, una vez implantado y comunicado el sistema, el trabajador tiene el deber de usarlo, y el Art. 58 ET da a la empresa potestad para sancionar su incumplimiento.

Olvido puntual vs. negativa reiterada

Los tribunales distinguen claramente:

  • Olvido puntual: un despiste, una avería del sistema o una circunstancia excepcional. No implica voluntad de incumplir. No justifica despido; como mucho, una amonestación.
  • Negativa reiterada y consciente: decisión deliberada de no usar el sistema pese a estar advertido. Aquí sí cabe sanción grave e incluso despido disciplinario, por desobediencia (Art. 54.2.b) o transgresión de la buena fe contractual (Art. 54.2.d).

El "despido sorpresivo" no vale

Una regla consolidada por la jurisprudencia: si la empresa ha tolerado retrasos u olvidos sin sancionarlos, no puede despedir de golpe. Debe primero recordar por escrito la obligación, advertir de que vigilará el cumplimiento, y aplicar la graduación del convenio (falta leve → grave → muy grave) antes de llegar al despido. Varios Tribunales Superiores de Justicia han declarado improcedentes despidos por retrasos cuando existía "tolerancia empresarial" previa.

Fichar por otro: la línea roja

Fichar por un compañero —o dejar que lo hagan por ti— es fraude en el registro y falta muy grave en prácticamente todos los convenios. Aquí los tribunales sí avalan el despido procedente, y afecta a las dos personas implicadas. Lo mismo ocurre con falsear fichajes en teletrabajo (registrar horas que no se trabajaron).


¿Y si el sistema falla?

Si el sistema de fichaje no es fiable o es inaccesible para tu modalidad de trabajo (por ejemplo, sancionar a un teletrabajador que no tenía medios para fichar), un despido basado en esos "incumplimientos" suele declararse improcedente. La empresa es responsable de que el sistema funcione. La mejor defensa para ambas partes es un sistema con recordatorios automáticos y corrección de incidencias con trazabilidad: si olvidas fichar, solicitas la corrección, indicas el motivo y RRHH la aprueba, dejando rastro de quién, cuándo y por qué.


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Última actualización: 16 de junio de 2026. Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal.