Festivos en el cuadrante de turnos: nacionales, autonómicos y locales sin errores
Hasta 14 festivos al año, pero no los mismos en todos tus centros. Quién fija cada fiesta, el calendario de 2027 ya publicado en el BOE, qué pasa si un festivo cae en domingo, cuánto se paga trabajarlo y los errores que más se repiten al planificar el cuadrante.
Respuesta corta: cada centro de trabajo tiene hasta 14 festivos al año, retribuidos y no recuperables. Los nacionales y los de tu comunidad autónoma salen en el BOE en octubre del año anterior, y los dos locales los decide cada ayuntamiento. Si tus centros están en municipios distintos, sus calendarios no son iguales, y el cuadrante de turnos tiene que reflejarlo para no planificar a nadie en festivo sin querer.
En resumen
- Hay como máximo 14 fiestas laborales al año: 12 entre nacionales y autonómicas y 2 locales.
- El calendario de fiestas nacionales y autonómicas de 2027 ya está publicado en el BOE desde el 13 de octubre de 2026.
- Las dos fiestas locales dependen del municipio de cada centro de trabajo.
- Si alguien trabaja un festivo y no puede descansarlo otro día, se paga con un incremento mínimo del 75 % o se compensa con descanso.
- Un festivo mal planificado en el cuadrante acaba en una falta que no existe o en un festivo trabajado sin compensar.
| Tipo de festivo | Quién lo decide | Dónde se publica |
|---|---|---|
| Nacional | El Estado | BOE, en octubre del año anterior |
| Autonómico | Cada comunidad autónoma, que puede sustituir algunas fiestas nacionales por otras propias | Boletín de la comunidad y anexo de la resolución del BOE |
| Local (dos al año) | El ayuntamiento de cada municipio | Boletín de la comunidad autónoma o de la provincia |
Cuántos festivos hay y quién los decide
El artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores fija un máximo de 14 fiestas laborales al año, con carácter retribuido y no recuperable, de las cuales dos son locales. Ese día no se trabaja, se cobra igual y no hay que devolver las horas otro día.
Algunas fiestas se respetan siempre en toda España: Navidad, Año Nuevo, el 1 de mayo y el 12 de octubre. El resto las reparte el Estado con las comunidades autónomas, que pueden cambiar algunas fiestas nacionales por las que por tradición les son propias. Por eso Madrid, Cataluña o Andalucía no tienen exactamente el mismo calendario.
Las dos fiestas locales las propone cada ayuntamiento y las publica la autoridad laboral de su comunidad. Dos pueblos vecinos pueden tener festivos distintos.
El calendario de 2027 ya está publicado
La Dirección General de Trabajo aprobó el 8 de octubre de 2026 la relación de fiestas laborales para 2027, publicada en el BOE el 13 de octubre de 2026. Estas son las fiestas nacionales comunes a todas las comunidades:
- 1 de enero, viernes: Año Nuevo.
- 6 de enero, miércoles: Epifanía del Señor.
- 26 de marzo, viernes: Viernes Santo.
- 1 de mayo, sábado: Fiesta del Trabajo.
- 12 de octubre, martes: Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, lunes: Todos los Santos.
- 6 de diciembre, lunes: Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, miércoles: Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, sábado: Natividad del Señor.
Fíjate en que el 1 de mayo y el 25 de diciembre de 2027 caen en sábado. Si tu negocio abre los sábados, esos dos días cuentan como festivo para quien tenía turno. A estas fiestas se suman las de tu comunidad autónoma, que vienen en el anexo de la misma resolución, y las dos locales de cada municipio.
Qué pasa cuando un festivo cae en domingo
El Estatuto de los Trabajadores prevé que el descanso de las fiestas nacionales que coinciden con domingo se traslade al lunes siguiente. Las comunidades autónomas pueden, además, sustituir esas fiestas por otras propias o usar ese traslado a su manera. El resultado es que el lunes festivo puede existir en una comunidad y no en la de al lado.
La regla práctica es no dar nada por supuesto: el calendario que vale es el que publica tu comunidad para ese año, más las dos fiestas locales de cada centro.
Si tienes centros en varios municipios
Aquí es donde más errores se cometen. Las fiestas nacionales y las de la comunidad son iguales para todos tus centros de una misma comunidad, pero las dos locales son del municipio donde está cada centro, no del domicilio de la empresa. Una cadena con tiendas en tres pueblos tiene tres calendarios distintos.
Si tus centros están en comunidades distintas, la diferencia es mayor todavía, porque también cambian las fiestas autonómicas.
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Si alguien trabaja un festivo
En hostelería, comercio, sanidad o seguridad es normal que haya turnos en festivo. Es legal, pero tiene un precio. El artículo 47 del Real Decreto 2001/1983, que sigue vigente en este punto, establece que si por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, la empresa debe abonar las horas trabajadas ese día incrementadas como mínimo en un 75 %, salvo que las compense con un descanso.
Muchos convenios colectivos mejoran ese mínimo o fijan cómo se compensa: más días de descanso, un plus fijo o un recargo mayor. Mira siempre lo que dice el tuyo.
Para poder pagarlo o compensarlo bien, el cuadrante tiene que dejar claro qué días eran festivo y quién trabajó. Si el festivo no está marcado, ese día se paga como uno normal y el error aparece meses después, en una reclamación.
Los errores más habituales al planificar
- Copiar la semana anterior al cuadrante sin mirar que la siguiente tiene un festivo, y planificar a todo el equipo ese día.
- Aplicar las fiestas locales del municipio de la oficina a todos los centros.
- Meter los festivos locales tarde, cuando el cuadrante del año ya está hecho.
- No distinguir entre quien libra el festivo y quien lo trabaja, y pagar a los dos igual.
- Que un festivo sin fichajes aparezca como una ausencia sin justificar.
Por qué sin turnos planificados no sabes quién ha faltado
Cómo lo resuelve Control Horario Legal
- Los festivos nacionales y los de tu comunidad autónoma se descargan solos del BOE cada año. No tienes que meterlos a mano.
- Los dos festivos locales los añades por centro de trabajo, para que cada centro tenga su propio calendario.
- A final de año sale un aviso en el panel para que metas a tiempo los festivos locales del año siguiente.
- Al repetir una semana del cuadrante, la opción «No poner turno en festivos» viene marcada, así que nadie queda planificado en festivo sin querer. Si ese día se trabaja, la desmarcas.
- Los festivos salen señalados en el cuadrante, y cada centro ve solo sus turnos.
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¿Cuántos festivos hay al año en España?
Como máximo 14 fiestas laborales al año, retribuidas y no recuperables. Doce las fijan el Estado y cada comunidad autónoma y dos son locales, de cada municipio. Lo dice el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué festivos tengo que aplicar si tengo centros en varios municipios?
Los del municipio donde está cada centro de trabajo. Los nacionales y los de la comunidad autónoma son iguales para todos los centros de la misma comunidad, pero los dos locales cambian de un ayuntamiento a otro, así que cada centro tiene su propio calendario.
¿Cuánto se paga trabajar un festivo?
Si por razones técnicas u organizativas no se puede descansar ese día, la empresa debe pagar las horas trabajadas con un incremento mínimo del 75 % o dar un descanso compensatorio. Lo establece el artículo 47 del Real Decreto 2001/1983, y el convenio colectivo puede mejorarlo.
¿Qué pasa si un festivo cae en domingo?
El Estatuto de los Trabajadores prevé que el descanso de las fiestas nacionales que coinciden con domingo pase al lunes siguiente, y las comunidades autónomas pueden sustituir esas fiestas por otras propias. Por eso conviene mirar cada año el calendario oficial de tu comunidad.
¿Cuándo se publica el calendario de festivos del año siguiente?
El Estado publica en el BOE la relación de fiestas nacionales y autonómicas en octubre del año anterior. Para 2027 se publicó el 13 de octubre de 2026. Las fiestas locales las aprueba cada ayuntamiento y las publica la comunidad autónoma, normalmente entre octubre y diciembre.
¿El festivo cuenta como horas trabajadas en el registro de jornada?
No se ficha, porque no se trabaja, pero es un día retribuido. Lo importante es que el cuadrante lo refleje como festivo para que no parezca una falta y para que, si alguien trabaja ese día, quede claro que es un festivo trabajado.
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), art. 37.2: texto consolidado en el BOE.
- Real Decreto 2001/1983, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, arts. 45 a 47: texto consolidado en el BOE.
- Resolución de 8 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, sobre la relación de fiestas laborales para el año 2027: BOE del 13 de octubre de 2026.
Última actualización: 28 de octubre de 2026. Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Para un caso concreto, consulta con tu graduado social o con un abogado laboralista.